LOS AZTECAS: TENENCIA DE LA TIERRA, ORGANIZACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA Y RELIGIÓN.

LOS AZTECAS: TENENCIA DE LA TIERRA, ORGANIZACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA Y RELIGIÓN.

LOS AZTECAS Y LA POSESIÓN DE LA TIERRA.
La posesión de la tierra en el pueblo azteca tuvo cuatro formas y estas son las siguientes:
1.  Propiedad agrícola comunal.

a)    Está en manos de los calpullis[1].
b)    Eran tierras de propiedad colectiva.
c)    Los calpullis no eran propietarios de estas tierras, sólo tenían la posesión.
d)    Cada familia (miembro del calpulli) [...]

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LA CULTURA: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS.

LA CULTURA: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS.

La cultura es un elemento importante y característico de toda sociedad. La podemos definir de la siguiente manera:
La cultura es “es todo elemento que es susceptible de adquirirse, aprenderse y transmitirse”.
Otras definiciones pueden ser:
“Es el conjunto de todas las formas, los modelos o los patrones, explícitos o implícitos, a través de los cuales una sociedad [...]

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PRUEBA DOCUMENTAL (PARTE II)

PRUEBA DOCUMENTAL (PARTE II)

Los documentos que se pueden ofrecer como medios de prueba dentro de un proceso se pueden clasificar de diferentes formas. Acontinuación comentamos algunas de estas clasificacones.
Aquí está el enlace para bajar completa la información.
PRUEBA DOCUMENTAL II
Gracias y nos vemos.

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PRUEBA DOCUMENTAL O INSTRUMENTAL (PARTE I)

PRUEBA DOCUMENTAL O INSTRUMENTAL (PARTE I)

SIGNIFICADO GRAMATICAL.
Cuando se habla de “documental” en realidad se está haciendo alusión al documento. “Prueba” es el sustantivo y “documental” es el adjetivo calificativo.
Documento proviene del latín “documentum” y significa el documento en donde se hace constar algo.

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REQUISITOS QUE LE DAN VALOR A LA CONFESIÓN EN MATERIA CIVIL

REQUISITOS QUE LE DAN VALOR A LA CONFESIÓN EN MATERIA CIVIL

REQUISITOS QUE LE DAN VALOR PROBATORIO A LA CONFESIÓN.
I. Que sea hecha por persona capaz de obligarse;
II. Que sea hecha con pleno conocimiento y sin coacción ni violencia;
III. Que sea de hecho propio, o en su caso, del representado o del cedente, y concerniente al negocio;
IV. Que se haga conforme a las formalidades de ley.

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